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Done y ahorre en sus impuestos

En Colombia cada día son más comunes las campañas de donaciones para ayudar a la infancia, los jóvenes y a las víctimas de violencia, entre otros. Sin embargo, quienes somos donantes desconocemos cómo podemos obtener un beneficio tributario al momento de pagar nuestros impuestos cuando seamos contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementario.

Este artículo explica los beneficios tributarios que se pueden obtener como empresa o persona natural, a la hora de realizar su declaración de renta por donar a entidades sin ánimo de lucro, de acuerdo con el artículo 19 del estatuto tributario, tales como fundaciones, universidades y hospitales, etc., que hayan sido reconocidas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) como pertenecientes al régimen tributario especial y que anualmente realicen la actualización de permanencia.

Como punto de partida se explica qué son los beneficios tributarios, cuáles existen y cuál es el proceso para obtenerlos.

¿Qué son beneficios tributarios?

Son incentivos que otorga el Gobierno Nacional a empresas o personas a través de descuentos o deducciones tributarias en el impuesto de renta, correspondientes a un porcentaje del valor donado ya sea en dinero o en especie.

Cabe anotar que los descuentos y las deducciones tributarias son diferentes, toda vez que los descuentos se restan al valor total a pagar del impuesto de renta y las deducciones se restan de la renta bruta. Entendiendo como renta bruta todos los ingresos que recibió una persona o empresa durante el año fiscal (1 de enero a 31 de diciembre) descontando los costos en que se incurrieron para obtenerlos.

¿Cuáles son los descuentos y deducciones tributarias por donar a entidades sin ánimo de lucro?

Es de gran importancia conocer que beneficios tributarios se pueden obtener al elegir la entidad a la cual donará, a continuación se explican:

- Descuento tributario hasta del 25% del valor donado en dinero o en especie:

Todas las donaciones a entidades sin ánimo de lucro tendrán un descuento del 25% del valor donado sobre el total a pagar en su declaración. Es decir, si usted realiza una donación de $10.000.000 podrá descontentar $2.500.000 del valor total a pagar de su impuesto de renta.

- Doble beneficio tributario del 125% del valor donado en dinero o en especie:

De acuerdo con el artículo 158-1 del Estatuto Tributario, modificados por la reforma tributaria del año 2016, las donaciones que se realicen a programas de becas calificados por el Ministerio de Educación Nacional ofrecidos por instituciones de educación superior como son instituciones técnicas profesionales, instituciones tecnológicas y universidades, etc. o al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) y que beneficien a estudiantes de estratos 1, 2 y 3 tendrán un beneficio tributario en la declaración de renta del 125%. En este orden de ideas, se podrá descontar el 25% de la donación al valor total a pagar de su impuesto de renta y deducir el 100% del valor donado.

- Deducción del 175% de la donación realizada a proyectos calificados como de investigación, desarrollo tecnológico e innovación:

Teniendo en cuenta que las instituciones de educación superior pueden ser centros reconocidos por Colciencias, sus grupos de investigación se podrán presentar a la convocatoria, que abra dicha entidad, para calificar proyectos de carácter científico, tecnológico y de innovación, para que las empresas que apoyen a la investigación reciban una deducción tributaria del 175% del valor total de su donación.

¿Cómo se puede aplicar los beneficios tributarios por donar?

Las donaciones pueden ser en dinero o en especie. Las donaciones en especie incluyen servicios o bienes como equipos, medicamentos, vehículos, mobiliario, alimentos, vestuario y bienes inmuebles, entre otros. En el momento de realizar la entrega asegúrese que:

- Al donar dinero, este se entregue por medio de tarjeta de crédito, tarjeta débito, cheque o consignación bancaria.

- Cuando done títulos valores, se deberá estimar a precios de mercando cumpliendo con el procedimiento establecido por la Superintendencia Financiera de Colombia.

- Cuando done activos como equipos, mobiliarios, ropa, etc., su valor se estimará teniendo en cuenta el costo de adquisición más los ajustes por inflación menos la depreciación que hubiera lugar hasta la fecha de la donación.

- Las donaciones cuyo valor sea igual o superior a 50 salarios mínimos legales vigentes las deberá autorizar un notario mediante una escritura pública.

Para que su donación sea conducente a la obtención de beneficios tributarios, la entidad que la reciba deberá cumplir con los siguientes requisitos de acuerdo con el artículo 1.2.1.4.3. del Decreto 1625 de 2016:

- Estar legalmente constituida y estar sometida a inspección, control y vigilancia de una entidad estatal.

- Tener la calificación en el Régimen Tributario Especial de la DIAN antes de que reciba la donación.

- Cumplir con la obligación de presentar la declaración de ingreso y patrimonio o de renta, según el caso, por el año inmediatamente anterior al que realice la donación, salvo cuando se haya constituido en el mismo año gravable.

- Manejar en depósitos o inversiones en establecimientos financieros autorizados los ingresos por donaciones.

Una vez realice la entrega de la donación, la entidad beneficiada le entregará un certificado de donación firmada por el representante legal, contador público o revisor fiscal, con la siguiente información:

- Fecha de la donación.

- Tipo de entidad que la recibió.

- Si la donación fue en dinero o en especie.

- El valor de la donación que le fue entregada a la entidad.

- La manera en que se efectuó la donación.

- La destinación de la misma.

El certificado se deberá expedir como máximo en el mes de marzo del año siguiente en que entregó la donación, documento que deberá entregar a su contador con toda la documentación requerida para que en su declaración de renta se apliquen los beneficios tributarios por su donación.

En conclusión, las donaciones no sólo logran la importante labor de ayudar a los demás, sino que adicionalmente brindan beneficios tributarios que se traducen en un ahorro al momento de pagar nuestros impuestos.

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