El Presupuesto General de la Nación (PGN) es el proyecto fiscal más importante que se debate anualmente, puesto que establece el destino de los recursos esperados por el país. De esta forma estructura nuestro crecimiento y desarrollo.
El debate del PGN 2023 ha sido paralelo al proyecto de reforma tributaria “para la Igualdad y la Justicia Social”. Esto ha generado que la atención nacional en temas fiscales se haya dividido en dos. De hecho, desde la radicación de ambos proyectos de ley, se han publicado más noticias de la reforma tributaria, dejando al PGN en segundo lugar. Sin embargo, el PGN ha seguido su trámite legislativo en el Congreso de la República: el 13 de septiembre se aprobó su monto y el 21 de septiembre su totalidad por las comisiones económicas. Próximamente será debatido paralelamente por las plenarias del Senado y la Cámara de representantes hasta el 20 de octubre.
Desde el Observatorio Fiscal queremos llamar la atención sobre la identificación del destino específico de los recursos públicos que hacen parte del PGN. Actualmente, es posible identificar los recursos presupuestados para programas como Familias en Acción, Devolución del IVA, atención a primera infancia, subsidio familiar de vivienda, agua potable y saneamiento básico, etc. Esta posibilidad no hacía parte de los proyectos de PGN aprobados recientemente y representa un avance en transparencia. Asimismo, es importante destacar que en este año todos los cuadros que hacen parte del proyecto están disponibles en Excel.
Ahora bien, aún hay amplios espacios para mejorar la disposición de información. Por un lado, la caracterización de los recursos de funcionamiento, que son el principal rubro presupuestal, es muy compleja y trasciende de los recursos que una empresa privada usualmente considera como “funcionamiento”. El Gobierno nacional cuenta con la tarea de explicarle al país la caracterización de estos recursos. Por otro lado, respecto a los recursos de inversión actualmente no existe un documento en donde se pueda identificar su distribución entre programas en el proyecto vigente. Para hacer esta identificación es necesario tomar como base los documentos publicados inicialmente por el Ministerio de Hacienda y agregar a cada programa los recursos adicionados con el aumento del monto del presupuesto, que se presentan en la ponencia del proyecto tramitada en el Congreso de la República. Hacer esta caracterización es imposible para un ciudadano de a pie y toda la ciudadanía debería poder acceder fácilmente a esta identificación de nuestros recursos públicos. Así está establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información.
Cambios proyecto PGN
El proyecto de PGN ha tenido diversos cambios durante su trámite legislativo, principalmente por el cambio de gobierno y los ajustes de las proyecciones de algunas variables macroeconómicas, como la inflación. El principal cambio es la adición de $14,2 billones y su distribución. Estos recursos provienen de mayores recaudos de la DIAN, dividendos de Ecopetrol, empréstitos de la Banca Multilateral y recursos propios en algunos establecimientos públicos. Este incremento es consistente con la Regla Fiscal. La distribución de estos recursos entre entidades del orden nacional corresponde, principalmente, al programa de gobierno de la nueva presidencia. Por ejemplo, los recursos adicionados para inversión se destinarán a agricultura ($1,9 billones), minas y energía ($1,5 billones), salud ($1,2 billones), educación ($1,1 billones), vivienda ($1 billón), inclusión social ($1 billón) y paz ($1,3 billones).
Finalmente, exponemos algunos artículos que invitamos a debatir con mayor profundidad durante la construcción del PGN:
Artículo 78: establece que la nación “podrá reconocer y pagar mediante el servicio a la deuda los pasivos en salud de la atención de la emergencia ocasionada por el COVID-19 causados en vigencias anteriores”. Realizar estos pagos es fundamental y en este artículo podría incluirse la directriz de reportar estos gastos con transparencia. Como hemos documentado, la administración anterior gastó los recursos invertidos para atender la emergencia sin transparencia, desde el inicio hasta el final de la coyuntura.
Artículo 91 (nuevo): establece que “para garantizar un mayor control presupuestal” las entidades del orden nacional que reciben aportes del PGN deberán enviar cada cuatro meses a las comisiones económicas del Congreso de la República un informe “detallado” sobre su situación financiera y la ejecución presupuestal. Actualmente estas entidades ya publican información equivalente en sus páginas web institucionales a lo que podría exponerse en este informe y este artículo podría no generar mayor reporte o transparencia.
Artículo 95 (nuevo): establece que en el próximo proyecto de PGN, es decir el de 2024 que será debatido en el 2023, deberá contar con un trazador presupuestal para la equidad de la mujer, tal como se ha implementado en los últimos años. Es importante destacar que este artículo no fue incluido en el proyecto inicial de presupuesto y fue incorporado como “nuevo”, a pesar de ser parte de los últimos PGN. La omisión de este trazador en el PGN implica que no se incluya durante el siguiente debate y el resultado se visualice en dos años. En este orden, existe la oportunidad de incluir esta política pública en otro proyecto de ley como el Plan Nacional de Desarrollo o el Estatuto Orgánico del Presupuesto.
Desde el Observatorio Fiscal invitamos a la transparencia en la construcción del PGN. El proyecto de PGN 2023 cuenta con avances en términos de transparencia respecto a los PGN aprobados previamente. Es importante realizar este reconocimiento. Igualmente, es importante seguir avanzando hasta que cualquier ciudadano pueda identificar fácilmente el destino específico de los recursos públicos, peso por peso.
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