Juan Felipe Bernal Uribe es profesor del departamento de economía en la Pontificia Universidad Javeriana.
Durante la campaña presidencial que terminó el 17 de junio, uno de los candidatos que pasaron a segunda vuelta formuló una propuesta radical: presionar a los propietarios de tierras fértiles no explotadas por medio de impuestos para que vendan sus tierras a otros particulares o al Estado. Esta presión se ejercería mediante tasas crecientes del impuesto predial rural. De esta forma se incentivaría una mayor eficiencia en la asignación de la tierra a actividades productivas. Pues resulta que esta propuesta no es original de Gustavo Petro, ni es actual, ni tampoco es socialista (para sorpresa de algunos). Está inspirada en una idea del pensador y periodista estadounidense del siglo XIX, Henry George, y a ha sido retomada por grandes nombres de la economía como Léon Walras y Milton Friedman.
El principal problema de los que ahora se conocen como “impuestos georgianos” radica en la dificultad de separar en dos el valor de los predios. Por un lado, se encuentra el valor de la tierra (gravable) y, por el otro, el de los edificios, cultivos,
y otras inversiones realizadas por sus dueños (no gravables). El sistema propuesto por George nunca pasó de ser una curiosidad pedagógica reservada casi exclusivamente a los salones de clase.
Glen Weyl y Eric Posner retoman y refinan esta idea en su libro Radical Markets 1.
Su versión de tributación georgiana tiene tres componentes: el dueño del predio debe decidir un precio y pagar un impuesto anual proporcional a este, y el predio debe encontrarse siempre disponible a la venta al precio fijado. Los precios de venta serían listados públicamente, a través de una app, por ejemplo.
Bajo este esquema se crearían los incentivos para que el dueño de un predio revele a la sociedad el verdadero valor que le atribuye a este predio. Si para otro individuo ese mismo predio tiene un valor mayor, no tiene más que adquirirlo al precio listado.
Lo innovador de este sistema es que los precios son autorreportados, en lugar de ser determinados por un funcionario estatal. Intuitivamente, un agente no querría reportar un valor inferior al verdadero porque aumenta el riesgo de que el predio sea comprado por alguien que lo valora más. Tampoco querría reportar un valor mayor al verdadero ya que eso aumentaría el monto de impuestos anuales. Los autores argumentan, teóricamente, que existe un valor de la tasa impositiva (es decir, de la fracción del valor que es pagado como impuesto) que es mejor que los otros. Para el caso de Estados Unidos este valor es de 7% 2.
¿Cuáles serían los efectos de esta política? Los autores argumentan que el primer efecto es una caída generalizada de los precios de los bienes raíces. Ahora los bienes costarían lo que valen para sus propietarios, no lo que sus propietarios esperarían obtener por ellos en el caso hipotético de que quisieran venderlos. En segundo lugar, un aumento considerable en la recolección de impuestos que se estima en 21% del PIB. Los cálculos de los autores indicarían que estos recursos adicionales serían tan altos que, con tan solo la mitad de ellos, se podría abolir la totalidad de impuestos existentes sobre el capital 3. La otra mitad sería repartida equitativamente entre todos los hogares de Estados Unidos. Una familia promedio de cuatro personas recibiría algo así como veinte mil dólares anuales, mucho más de lo que esta familia pagaría como impuestos por su vivienda.
Sin duda, esta transferencia sería beneficiosa para la mayoría de los hogares. La propiedad de las tierras está concentrada en pocas manos de altos ingresos. Un impuesto proporcional al valor de las tierras, repartido equitativamente entre la población, implicaría necesariamente una redistribución de ingresos de los más ricos a los más pobres.
Los autores no piensan que este sistema tributario deba limitarse exclusivamente a la propiedad de la tierra. Su propuesta incluye además otros activos, tales como propiedad intelectual (por ejemplo, patentes y derechos de autor) y espectro electromagnético 4.
Sin duda, un cambio de este tipo en el sistema tributario no podría ser considerado como nada menos que radical. No existe precedente de ninguna sociedad que haya implementado algo similar, por lo que sus efectos son inciertos. Pero muchos de los retos actuales también son nuevos, y sus consecuencias igualmente inciertas. Los economistas debemos embarcarnos en discusiones de este tipo si queremos tratar de llenar los espacios que las sociedades nos están otorgando.
1 Posner, E. A. y Weyl, E. G., (2018), Radical Markets: Uprooting Capitalism and Democracy for a Just Society, Princeton, NJ, Estados Unidos: Princeton University Press.
2 Ese 7% corresponde a la tasa de rotación del predio. Las casas en Estados Unidos cambian de manos, en promedio una vez cada trece o catorce años.
3 Para el caso de Estados Unidos se estaría haciendo referencia a impuestos corporativos, a la propiedad y a las utilidades de las empresas.
4 Información adicional proveniente de una entrevista realizada a uno de los autores puede ser encontrada siguiendo el vínculo: http://www.econtalk.org/glen-weyl-on-radical-markets/.