top of page

Los autopréstamos de las AFP: cuando lo legal no necesariamente es lo correcto

En Colombia, todo trabajador formal cotiza para pensión. El aporte mensual corresponde al 16% del salario para la gran mayoría (los empleados con salario integral y contratistas aportan montos un poco distintos). Cuando se aporta a uno de los fondos privados - Porvenir, Protección, Colfondos o Skandia - el dinero va a una cuenta de ahorro individual y solo se puede disponer de este al momento de pensionarse o de cumplir con los requisitos para la devolución de saldos.


¿Y entre tanto? ¿Qué pasa con el dinero que se va poniendo mensualmente en el marranito pensional? El tema se puso en el centro del debate durante la última semana por cuenta de una publicación del portal Cuestión Pública que detalla cómo las administradoras de fondos de pensiones (AFP) utilizan los aportes de quienes cotizan para financiar las empresas de sus conglomerados económicos. El Grupo AVAL, por ejemplo, propietario del administrador privado Porvenir, invierte en la corporación financiera Corficolombiana (también de su propiedad), con inversiones en sectores como infraestructura, energía y gas, servicios financieros, hoteles y agroindustria.


Las AFP son instituciones financieras privadas que administran tanto los fondos como los planes pensionales del régimen de ahorro individual y de los fondos de cesantías. Creadas mediante la Ley 100 de 1993, entre los servicios que ofrecen se encuentran las pensiones obligatorias, las cesantías y las pensiones voluntarias.


La práctica de inversión detallada por Cuestión Pública es legal desde 2015 a partir de lo dispuesto por el Decreto 1385 de ese año. Así lo señaló la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía (Asofondos) en una serie de publicaciones en Twitter bajo la etiqueta #MataElMito.


Asofondos afirmó que no se trata de autopréstamos sino de autoinversiones que “son totalmente legales, buscan los mejores resultados para los afiliados, y hoy se hacen por menos de lo que permite la regulación”. Agregó también que “si unas AFP no pudieran invertir en algunas de las mejores opciones para sus afiliados, estarían en desventaja frente a las otras (o, mejor: estarían en desventaja sus afiliados)”.


No obstante, superadas las aclaraciones legales se abre paso la cuestión de fondo, en el sentido de si el ahorro pensional de las personas –mientras pueden acceder a la pensión para la cual han cotizado– debería servir para prestarles plata a los grupos económicos que son, a su vez, dueños de las AFP.


No se trata de una cuestión exclusiva de Colombia. En el marco de la Alianza del Pacífico –integrada por Colombia junto con Chile, México y Perú–, por ejemplo, se ha avanzado respecto a la posibilidad de que los fondos de pensiones jueguen un papel cada vez más relevante como inversionistas institucionales.


El asunto, sin embargo, remite más bien a cómo se conciben las reglas de juego del libre mercado. En este sentido, el problema no es la participación del sector privado en la administración de bienes y servicios, sino los límites normativos que –bajo esas mismas reglas de libre mercado– impiden que las personas tomen decisiones acerca de lo que debería o no hacerse con el dinero que están ahorrando.


¿Deberían tener los grupos económicos la potestad de controlar los sectores, actividades y tiempos de estas inversiones con el dinero de los cotizantes? Esta podría ser la pregunta de entrada a la discusión.


Igualmente, queda planteada la cuestión de si el sector privado –cuya participación debería contribuir a corregir los fallos que ha evidenciado la participación estatal en este tipo de actividades– debería tener la potestad de definir mediante actividades de lobby cómo se fijan los límites de la actividad.


Hacer una revisión exhaustiva de las reglas de juego que regulan este tipo de actividades y poner la lupa en actividades que, aunque ajustadas a la ley, no privilegian el interés de todos los ciudadanos es algo que cobra especial vigencia en momentos en los que la prioridad del Gobierno –y del Estado colombiano, a partir de lo planteado en hojas de ruta como el Marco Fiscal de Mediano Plazo– es hacer énfasis en la inversión social.


En este contexto debe también tenerse en cuenta que por cuenta de la pandemia, pero también debido a las condiciones actuales en frentes como la pérdida del grado de inversión, será necesario hacer ajustes que tocarán no solo aspectos como el tributario (con la reforma en ciernes), sino también el laboral y el pensional. Las reformas en estos dos aspectos, aunque han ido aplazándose, tendrán que abordarse en el mediano plazo –y temas como el de los autopréstamos volverán al debate–.


Se trata, además, de conversaciones que vale la pena tener por encima de intereses empresariales. Los términos del debate no deberían ser fijados solo por una de las partes interesadas, pues estamos hablando del dinero que mes tras mes las personas ponen de su sueldo.

bottom of page